DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 104. (ORDENAMIENTO NORMATIVO)

1.     Carta Orgánica.- Es la presente máxima norma institucional básica del municipio que fue elaborado mediante un proceso participativo bajo la responsabilidad del Concejo Municipal y aprobado por votación vinculante de la ciudadanía o comunidad del municipio. Establece los lineamientos básicos para la definición del modelo propio de gobierno, de gestión y del desarrollo integral del municipio.

2.     Ley Municipal.- Es la máxima normal legal del municipio después de la presente Carta Orgánica, emanada del Concejo Municipal, ante la aprobación de al menos la mayoría absoluta de votos de sus miembros. Establece los lineamientos generales de una determinada temática de gestión y desarrollo municipal, en el marco de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal y en el marco de las competencias compartidas ante la existencia de una Ley Básica emanada del Gobierno Central, en la correspondiente temática. Norma los aspectos de comportamiento colectivo de las y los ciudadanos o comunarios y comunarias de la jurisdicción del municipio y los aspectos estructurales y estratégicos de Gobierno y Gestión Municipal.

3.     Ordenanza Municipal.- Es el instrumento legal de tercer rango jerárquico y emana del Concejo Municipal. Norma los aspectos administrativos externos del municipio, tales como la concesión de terrenos, la nominación de calles, la declaración de huésped ilustre a una personalidad que visita el municipio, la aprobación de Reglamentos Municipales de orden externo y otros similares.

4.     Reglamento Municipal.- Es la norma legal emanada del Concejo Municipal que reglamenta de manera general las Leyes, Ordenanzas y Resoluciones Municipales. Se aprueba mediante Ordenanza Municipal cuando se trate de reglamentos de orden externo y mediante Resolución Municipal cuando se trate de reglamentos de orden administrativo interno.

6.     Decreto Municipal.- Es la máxima disposición emanada del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal. Norma los aspectos externos en cuanto al comportamiento de la ciudadanía, el desarrollo público integral y los aspectos estratégicos de gestión y de gobierno, en el marco de la facultad ejecutiva y las atribuciones asignadas a la Alcaldía. Es aprobada por la Alcaldesa o Alcalde y su Gabinete Municipal de máximas autoridades ejecutivas, además de la administrativa y jurídica.

7.     Reglamento Específico.- Es la norma legal que reglamenta de manera específica los aspectos administrativos internos para su aplicación en cada uno de los Órganos correspondientes de Gobierno Autónomo Municipal, así como la prestación de servicios municipales específicos. Es aprobada por las máximas instancias de cada órgano de gobierno. En caso de reglamentación específica emanada del Órgano Ejecutivo se aprueba mediante Decreto Municipal y en caso de reglamentación específica emanada del Órgano Legislativo, mediante Resolución Municipal.

8.     Manual de Procedimiento.- Es la norma que regula de manera específica los procedimientos administrativos, ejecutivos y operativos de los determinados servicios internos y externos del Gobierno Autónomo Municipal, estableciendo las y los responsables, tiempos y cualidad de cada paso procedimental, para la adecuada prestación del servicio con calidad institucional y profesional y calidez humana por parte las servidoras y servidores públicos correspondientes. En caso de manuales del Órgano Ejecutivo se aprueba mediante Decreto Municipal y en caso de manuales del Órgano Legislativo, mediante Resolución Municipal.

9.     Resolución Administrativa.- Es la norma interna para las disposiciones administrativas en cada uno de los órganos de gobierno, como la designación de autoridades, declaraciones en comisión por más de tres días para servidores públicos que correspondan según su normativa interna, adjudicaciones, entre otros. Es aprobada por las instancias definidas en la Ley Municipal. En el caso de Concejo Municipal es aprobada por la Directiva y sus máximos responsables del asesoramiento jurídico y del manejo administrativo, salvo que no existan o se trate de designación a éste último.

11.   Resolución Técnica.- Es la norma técnica del Gobierno Autónomo Municipal que se aplica para emanar disposiciones en los procesos de servicios municipales. Es aprobado por las instancias determinadas por la norma legal del Órgano Ejecutivo o Legislativo, según corresponda, en función a las atribuciones.