DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 181. (

I.     El Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, en coordinación con los otros niveles de gobierno, deberá tomar las previsiones necesarias para evitar y atender los desastres por causas naturales como inundaciones, sequías, sismos y otros, asegurando la construcción de sistemas de desagües pluviales y fluviales adecuados, represas y otras formas de reservas de agua, establecimiento de normas para la construcción de edificaciones con capacidad antisísmica y otras formas.

II.    Ante situaciones de desastres naturales, el Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, coordinará con las instancias de emergencia correspondientes, atendiendo las mismas de manera inmediata y, a través de sus instancias pertinentes, asegurará el rescate inmediato y prioritario de los infantes, niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y adultos mayores.