DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

PREÁMBULO

A través de la Historia se sabe que los habitantes aborígenes del Valle Alto eran de origen colla, de las ramas de los Cuis y Zapalla quienes fueron conquistados por los incas del Cuzco. Fue durante el reinado del InkaCapaj Yupanqui; los quechuas llegaron a Qocha Pampa, concretamente al Valle Alto, el año 1438 aproximadamente, al no encontrar resistencia alguna, porque era una zona despoblada, se asentaron en la misma por su tierra fértil y clima benigno.

Fueron los aimaras quienes expendieron sus ayllus hasta la región, los mismos más tarde (1470) fueron conquistados militarmente por los quechuas, quienes a su vez trasladaron poblaciones de militares a la región con el fin de controlar efectivamente la circulación de productos y de alturas y de valles.

En el periodo de consolidación de la Colonia (1778) la Región de Anzaldo es identificada como un curato denominado Santiago del Paredón, fue colonizado por los inmigrantes Españoles, que se establecieron sobre las áreas de ocupación de poblaciones nativas, para fundar posteriormente lugares como Quiriría, Cañadón para cultivos de trigo y La Viña para cultivos tropicales, las iniciativas sobre la región estaban articuladas a crear nexos entre Cochabamba y Potosí, un eslabón entre la Agricultura y la Minería. 

El Curato Santiago de Paredón (Anzaldo) eleva su estatus a Vice Parroquia de Tarata a iniciativa de las reformas Toledanas; algunos historiadores afirman que la formación del poblado de Anzaldo estuvo profundamente ligado a las revueltas republicanas, en tanto los curas que operaban en la zona no estaban integrados a las iniciativas del Virreinato de Charcas, sino a las estrategias de las republiquetas que en la región eran conducidas por Esteban Arce.

En 1912 pasa a ser la segunda sección de Tarata, es a partir de este año que la región empieza a funcionar administrativamente como junta municipal, dándose las primeras elecciones municipales para conformar un gobierno local compuesto por un presidente, Vicepresidente, Vocales y suplentes, quienes encaran las primeras administrativas de cobro de impuestos diferenciados, según rubro y clase de negocio además de la administración de servicios en el centro poblado.  

Nosotros, en representación de la población y las demás instituciones representativas, reconocidas por ley en el GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL de “ANZALDO”, en ejercicio pleno de la libertad, la democracia y los derechos existentes, reunidos con las organizaciones de base, en el marco de la aplicación de lo establecido en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y  Descentralización bajo los principios de unidad, igualdad, dignidad, libertad, solidaridad, justicia social, transparencia, autogobierno, voluntariedad, complementariedad, subsidiariedad y bien común; promulgamos la presente Carta Orgánica Municipal que regulará el comportamiento de nuestro Municipio Anzaldo. Actualmente nosotros, hombres y mujeres Anzaldinos, trabajando hombro con hombro, como una sola voluntad, con la esperanza fijada en el resurgimiento de nuestro pueblo, aceptamos el reto de construir una nueva nación, que pueda mejorar la calidad de vida de todos los pueblos que integran a nuestra patria, lo que incluye por supuesto a nuestra Villa de Anzaldo, siempre enmarcados en la normativa en vigencia, presentamos nuestra Carta Orgánica, la misma que regirá los destinos de nuestro querido pueblo.