DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 32. (MARCO DE COMPETENCIAS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL)

Las competencias del Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo son las establecidas como competencias exclusivas, concurrentes y compartidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, las competencias actuales y heredadas estipuladas en las leyes de temáticas y las competencias establecidas por la Constitución y la Ley como mandatos a Carta Orgánica, mandatos a Ley Municipal y mandatos a Gobierno local. La Ley Municipal organizará y desarrollará el conjunto de las competencias municipales, para su manejo práctico por los servidores públicos, representantes sociales y comunidad del municipio, Ley que podrá ser actualizada o complementada periódicamente conforme demande el desarrollo competencial emitido por las instancias correspondientes del Estado, mediante Ley, jurisprudencia constitucional, convenios de conciliación competencial u otros instrumentos normativos pertinentes.