DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 138. (RECEPCIÓN Y ENTREGA DEL PROYECTO)

A la conclusión de la ejecución de los proyectos, se hará la recepción y entrega provisional y final de los mismos, en función al informe de conformidad de la fiscalización y/o supervisión técnica, así como de los representantes de la comunidad beneficiaria, sin que ello genere dependencia, retardación o beneficios particulares a cambio de firmas, en cuyo caso se deberá realizar obligatoriamente la denuncia, para su prosecución por delito de corrupción.