DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 150. (OBLIGATORIEDAD DE DENUNCIAR ACTOS DE CORRUPCIÓN)

Todo ciudadano, ciudadana, comunario, comunaria, servidora y servidor público, organización social e institución tiene la obligación de prevenir, advertir y ante persistencia, denunciar todos los actos de corrupción suscitados en la administración pública y en las organizaciones sociales, siendo la indiferencia ante conocimiento, considerada complicidad de tales actos de corrupción.