DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 94. (DESIGNACIÓN DE SUBALCALDES Y SUBALCALDESAS)

I.     Las subalcaldesas y subalcaldes son las autoridades de las instancias administrativas y ejecutivas territorialmente desconcentradas o descentralizadas mediante Subalcaldías. La denominación puede modificarse según la preferencia de la población del territorio correspondiente, sólo en los casos de los distritos indígenas originarios campesinos.

II.    La designación de las subalcaldesas o subalcaldes es atribución del alcalde o alcaldesa, previo cumplimiento de los requisitos de capacidad establecidos para el cargo y previa selección democrática de una terna por parte de las organizaciones territoriales de la jurisdicción de la subalcaldía. En caso de los distritos o macrodistritos indígenas originarios campesinos, la autoridad ejecutiva desconcentrada será designada por el Alcalde o Alcaldesa, de una terna propuesta mediante normas y procedimientos propios de la población.