DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 44. (PLENO DEL CONCEJO)

El Pleno del Concejo Municipal es la máxima instancia deliberativa, legislativa y fiscalizadora del Gobierno Autónomo Municipal de Anzaldo, conformado por la totalidad de las concejalas y los concejales en ejercicio. En el ámbito de su competencia, ejerce las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, mediante el ejercicio de las atribuciones conferidas por la presente Carta Orgánica, la Ley y el Reglamento Interno. El Pleno del Concejo Municipal estará constituido por el total de las y los miembros titulares presentes del concejo, ante convocatoria formal a sesión y el quórum establecido en su normativa interna.