DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 129. (PRIORIZACIÓN PARA LA JUSTICIA SOCIAL)

I. El Gobierno Autónomo Municipal, de manera participativa, jerarquizará el conjunto de sus necesidades de desarrollo integral, identificados en sus procesos diagnósticos y análisis situacionales, así como en sus evaluaciones, para su incorporación en la planificación a largo, mediano y la planificación operativa. La organización de las necesidades se hará en cuatro niveles de prioridad:

II. La planificación a mediano y corto plazo garantizará la priorización de los proyectos orientados a la resolución o satisfacción de las necesidades de primer nivel en todo el municipio, para poner en segundo lugar de priorización las necesidades de segundo nivel y así consecutivamente las necesidades de tercer y cuarto nivel.