DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2014

Fecha: 21-Oct-2014

ARTÍCULO 26. (INTEGRACIÓN A LA AUTONOMÍA REGIONAL)

El municipio, conjuntamente con otros municipios y/o territorios indígenas originarios campesinos autónomos de la región, podrá constituir una autonomía regional. Para la integración del municipio a la autonomía regional, por iniciativa popular, se desarrollará un referendo por la autonomía regional, siguiendo el procedimiento establecido por la Ley. Aprobada la misma, el Concejo Municipal, en consenso con el Alcalde o Alcaldesa, deberá definir las competencias a transferirle y aprobarlas mediante Ley Municipal, por dos tercios de votos del total de sus miembros. El municipio no formará parte de más de una autonomía regional.