DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 117º.- (Principios de la asignación competencial gradualidad y progresividad)

Artículo 117º.- (Principios de la asignación competencial gradualidad y progresividad) Conforme al Principio de gradualidad previsto en la Constitución Política del Estado y la ley marco de Autonomías y descentralización, la competencias asumidas en la presente carta orgánica podrán ser asumidas en forma gradual, progresiva, de acuerdo a la capacidad institucional y la asignación de recursos económicos financieros.

“Artículo 117º.- (Principios de la asignación competencial gradualidad y progresividad) Conforme al Principio de gradualidad previsto en la Constitución Política del Estado y la ley marco de Autonomías y descentralización, la competencias asumidas en la presente carta orgánica podrán ser asumidas en forma gradual, progresiva, de acuerdo a la capacidad institucional y la asignación de recursos económicos financieros”.