DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al numeral 25

Al respecto debe considerarse que a partir del mandato a ley, prescrito por el art. 271 de la CPE, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización Administrativa, en su art. 114.IX dispone que: “Los gobiernos autónomos tienen la obligación de presentar a las instancias delegadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, la siguiente información y documentación: (…) 3. Estados financieros de cada gestión fiscal, en cumplimiento a las disposiciones legales en vigencia”.

En este marco, el mandato transcrito si bien no incluye regulaciones respecto del procedimiento interno de la ETA para la aprobación de los mismos previamente a su envío a las instancias competentes del ejecutivo central, debe entenderse que en ningún caso tales procedimientos internos podrán dificultar o postergar el cumplimiento de la obligación señalada.