DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al parágrafo I

Al respecto debe nuevamente considerarse los fundamentos desarrollados en el análisis de los arts. 2 y 7 de la presente Carta Orgánica Municipal, por lo que al respecto el art. 269.I determina: “Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos”.

Nótese que la norma constitucional, establece la organización territorial que contempla a los “municipios” como parte de la estructura del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, por lo que en ese orden de cosas, el “principio integrador” propuesto por el artículo examinado, no puede invocar tan solo a un elemento de esa unidad territorial; sino, debe integrar a la unidad territorial en su conjunto, como municipio, máxime si la norma analizada incluye en su redacción elementos articuladores que abarcan diversos contextos relacionados con el orden territorial.