DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

DCP 0042/2015 de 25 de febrero

Sobre el articulo analizado, se hace menester dejar sentado de manera previa, que este Tribunal Constitucional ha resuelto establecer una línea jurisprudencial uniforme, específicamente con respecto al porcentaje de firmas para activar la reforma total o parcial de la Carta Orgánica, por lo que en ese sentido debe citarse la nueva línea jurisprudencial que sobre el tema establece la DCP 0042/2015 de 25 de febrero que se basa en el art. 411 de la CPE que debe ser aplicado por abstracción, en lo referido a la cantidad de firmas del electorado requeridas para iniciar la reforma, ya que al ser un cuerpo normativo que define visión, características, modo de organización, fines y asunción de competencias, además de haberse revestido de vinculatoriedad al momento de someterse a un referéndum, debe estar conforme al lineamiento general ya trazado por la Constitución Política del Estado.