DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

sanción penal

Además, deberá considerarse que en el párrafo introductorio se contempla la imposición de una sanción penal por cuanto no está dentro sus competencias el establecer o sancionar penalmente, siendo esta una competencia del nivel central del Estado (art. 298.I.21 de la CPE) sin olvidar que los arts. 232 y ss. de la Ley Fundamental, regulan sobre el régimen de las y los servidores públicos.