DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales)

Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales) la revocatoria de mandato procederá por referendo revocatorio municipal por iniciativa ciudadana de acuerdo a la Constitución Política del Estado, a solicitud de al menos el quince por ciento (15%) de votantes del padrón electoral de la circunscripción municipal de Arampampa, se aplicará al cargo de Concejalas y Concejales Municipales.

“Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales) La revocatoria de mandato procederá por referendo revocatorio municipal por iniciativa ciudadana de acuerdo a la Constitución Política del Estado, a solicitud de al menos el quince por ciento (15%) de votantes del padrón electoral de la circunscripción municipal de Arampampa, se aplicará al cargo de Concejalas y Concejales Municipales.