DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al inc. i)

Asimismo, debe considerar el estatuyente que no resulta incompatible la consignación de los símbolos nacionales dentro la simbología del municipio, siempre en el marco de la sujeción a partir del art. 6.II de la CPE. Sin embargo; la ETA a momento de plasmar su normativa institucional básica deberá considerar idóneamente la totalidad de los símbolos nacionales previstos por el art. 6.II de la CPE, que a la letra señala: “Los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor del patujú”. Aspecto que deberá ser considerado a efectos de no omitir aquellos símbolos nacionales que constitucionalmente están previstos por la CPE, evitando así la inseguridad jurídica en la que se podría incurrir al no contemplar los símbolos nacionales en toda su magnitud.