DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Con relación al numeral 32

Conforme líneas jurisprudenciales de este Tribunal, sobre la disposición analizada queda establecido que la demolición de los inmuebles, debe estar sujeta a normativa municipal, que contemple, las reglas y el procedimiento administrativo, garantizando fundamentalmente las reglas del debido proceso, conforme previene el art. 115.II de la CPE, entendiendo que dichas reglas no solo se aplicaran dentro de la jurisdicción ordinaria o en el ámbito judicial; sino, también, dentro la jurisdicción administrativa o en el ámbito administrativo; consecuentemente, la compatibilidad de la presente disposición, queda sujeta a que el órgano ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal, podrá ordenar las demoliciones de inmuebles, siempre y cuando emerjan de la sustanciación de un proceso administrativo, respetando los derechos y garantías constitucionales.