DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Artículo 58° (Concejalas Suplentes y Concejales Suplentes)

I.      Son concejales y concejalas suplentes elegidas junto con sus titulares en listas separadas del Alcalde o Alcaldesa municipal. La nómina de suplencias está definido de acuerdo a mecanismos legales aplicados por el Órgano Electoral y la Lista de las organizaciones políticas que tienen concejalas y concejales titulares.