DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Bienes de Régimen Mancomunado:

5.    Bienes de Régimen Mancomunado: Son bienes de Régimen Mancomunado los provenientes del interés de dos o más Gobiernos Autónomos Municipales y otras entidades de Derecho Público Privado, producto de su hacienda y cuyo mantenimiento, administración y beneficio sean emergentes de mutuo acuerdo. El Convenio mancomunitario establecerá el Régimen para el uso, disfrute y disposición de dichos bienes.

V.  Los Bienes Patrimoniales Arqueológicos, Precolombinos, Coloniales, Republicanos, Históricos, Ecológicos y Arquitectónicos de Estado Plurinacional, o los procedentes del culto Religioso, ya sean de propiedad privada, pública o de la Iglesia localizados en el municipio, se encuentran bajo la protección del Estado, sujeto a Legislación especial y destinados inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad social.

b.  Es administrado por el Órgano Ejecutivo Municipal, en el marco de la Ley del Régimen Patrimonial y Bienes Municipales, quien tiene la obligación de lograr la racionalidad en la distribución, uso y conservación de los mismos, y cuya función comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación, mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso del Gobierno Autónomo Municipal de Tipuani, conforme al Reglamento Específico aprobado por el Órgano Legislativo en el marco de la ley.

5. Bienes de Régimen Mancomunado: Son bienes de Régimen Mancomunado los provenientes del interés de dos o más Gobiernos Autónomos Municipales y otras entidades de Derecho Público Privado, producto de su hacienda y cuyo mantenimiento, administración y beneficio sean emergentes de mutuo acuerdo. El Convenio mancomunitario establecerá el Régimen para el uso, disfrute y disposición de dichos bienes.

b) Es administrado por el Órgano Ejecutivo Municipal, en el marco de la Ley del Régimen Patrimonial y Bienes Municipales, quien tiene la obligación de lograr la racionalidad en la distribución, uso y conservación de los mismos, y cuya función comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación, mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso del Gobierno Autónomo Municipal de Tipuani, conforme al Reglamento Específico aprobado por el Órgano Legislativo en el marco de la ley.