DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Respecto al numeral 2

Por mandato del art. 271 de la CPE, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en su art. 83.II.3 inc.d), señala que: “Los gobiernos municipales autónomos tienen competencia para aprobar tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando estos presten el servicio de forma directa”, de donde se advierte que los gobiernos autónomos municipales tienen competencia para aprobar tasas en servicios básicos de agua potable y alcantarillado cuando estos presten el servicio de forma directa, resaltando que la condicionante para la aprobación de tasas por servicios básicos es la prestación de servicios de forma directa.