DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Artículo 83° (Aplicabilidad y Procedimiento de Revocatorio de Mandato)

Se aplica cuando el manifiesto de la iniciativa ciudadana decide proceder la revocatoria de mandato de una autoridad electa, ésta instancia, debe reunir y cumplir los procedimientos previos, fundadas en las causales descritas en el Artículo 84º de la presente Carta Orgánica y los procedimientos administrativos ante el Órgano Electoral Departamental o Nacional. Su procedimiento estará reglamentado con ley municipal, en atención al Artículo 240 de la Constitución Política del Estado y normativa nacional que rige la materia.