DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

consecuentemente bajo los mismos argumentos expresados en el art. 95.I inc. c) del presente proyecto de Carta Orgánica, se declara la incompatibilidad de la frase: “ordenanzas” del texto del artículo 36, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Norma Institucional Básica.

Por otro lado y en el entendido de que en la actualidad las ordenanzas municipales no tienen el mismo alcance de una ley municipal como lo tenía en otrora con la abrogada Constitución Política, en ese sentido mal se podría disponer que la Intendencia Municipal coadyuve en el cumplimiento de ordenanzas municipales, cuando en realidad la Intendencia coadyuvará en el cumplimiento de normas legales generales para el cumplimiento de toda la población al interior de su jurisdicción, consecuentemente bajo los mismos argumentos expresados en el art. 95.I inc. c) del presente proyecto de Carta Orgánica, se declara la incompatibilidad de la frase: “ordenanzas” del texto del artículo 36, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Norma Institucional Básica.