DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

consecuentemente a efectos de ingresar al análisis de cada artículo que compone el Título IV, se declara la incompatibilidad de la frase “EXCLUSIVAS” del epígrafe del Título IV, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Carta Orgánica.

De la revisión al contenido del Título IV del presente proyecto de Carta Orgánica, se tiene que está comprendido por el art. 45 al 53, advirtiéndose que en el art. 45 se define a las competencias exclusivas, en el art. 47 se define a las competencias compartidas y concurrentes; asimismo, en los siguientes artículos desarrolla competencias compartidas y concurrentes, consiguientemente el contenido del título no guarda congruencia con su epígrafe que de manera específica señala “Alcance de las Competencias Exclusivas Municipales”, incurriendo en una imprecisión conceptual dado que conforme el art. 297 y ss. de la CPE, dentro la distribución competencial no es lo mismo una competencia exclusiva con una competencia concurrente y compartida, por lo que mal se podría intentar definir sobre las diferentes competencias municipales desde su título que refiere sólo a competencias exclusivas afectando a todo su contenido, e incurriendo en una incompatibilidad manifiesta respecto de las competencias establecidas por nuestro texto constitucional, consecuentemente a efectos de ingresar al análisis de cada artículo que compone el Título IV, se declara la incompatibilidad de la frase “EXCLUSIVAS” del epígrafe del Título IV, debiendo el estatuyente suprimir dicha frase del proyecto de Carta Orgánica.