DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

consiguientemente este Tribunal se ve impelido en declarar la incompatibilidad del art. 107 en revisión, debiendo el estatuyente suprimir dicho artículo del proyecto de Carta Orgánica.

Bajo el marco legal expuesto, las acciones de los ciudadanos no pueden ser objeto de fiscalización, más aun si estas contravienen las leyes o sus actos causen daños a la propiedad del Estado, siendo estas acciones merecedoras de una investigación y sanción penal si fuera el caso conforme el debido proceso y ante la autoridad competente, por lo que, el pretender fiscalizar las acciones de la sociedad civil constituye un quebranto constitucional en el ejercicio de los derechos de las ciudadanas y ciudadanos, desnaturalizando el Sistema de Control Gubernamental, consiguientemente este Tribunal se ve impelido en declarar la incompatibilidad del art. 107 en revisión, debiendo el estatuyente suprimir dicho artículo del proyecto de Carta Orgánica.