DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

siguientes ejes temáticos de relevancia constitucional: 1)

En el marco del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica en estudio y con la finalidad de realizar un adecuado análisis, se desarrollarán los siguientes ejes temáticos de relevancia constitucional: 1) El Estado Unitario, Social de Derecho, Plurinacional Comunitario con Autonomías; 2) La descolonización, interculturalidad e intraculturalidad y las limitaciones de gestión en la Constitución Política del Estado Plurinacional; 3) Las autonomías y sus ejes centrales en el nuevo Estado Plurinacional; 4) La autonomía municipal; 5) La distribución de competencias entre el nivel central y las entidades territoriales autónomas; 6) Formas de gobierno; 7) La Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”; 8) La carta orgánica y sus contenidos; 9) Del control de constitucionalidad de proyectos de estatutos y cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas; 10) Datos referenciales del municipio y estructura del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Tipuani; y, 11) Juicio de constitucionalidad de los artículos que contiene el proyecto de carta orgánica del citado municipio.

Antes de ingresar al análisis del caso, es necesario referirse al art. 1 de la Constitución Política del Estado (CPE), norma que textualmente señala: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”.

Se denomina Estado unitario aquél fenómeno por el cual el constituyente resguarda para el nivel central, el ejercicio privativo de competencias relativas a la existencia misma y consolidación soberana del Estado, confiriendo a las unidades territoriales que lo integran, amplias facultades políticas, legislativas y administrativas para la coexistencia de gobiernos autónomos territoriales, regidos por las macro políticas del Estado central; asimismo, es Comunitario porque se funda en la pluralidad y el pluralismo de las naciones y pueblos que hacen a la diversidad boliviana y se constituye en el escenario para la restitución o reconstitución de lo propio, en un proceso emancipador y descolonizante de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (NPIOC), bajo dos pilares fundamentales: cuales son, la libre determinación y el vivir bien. En este modelo de Estado se instituyen nuevos valores emergentes de la pluralidad y diversidad que caracteriza al Estado boliviano, entre ellos se predica, los principios de solidaridad, reciprocidad, complementariedad, mejor distribución de la riqueza con equidad.