DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

consecuentemente este extremo contraviene con la Constitución Política del Estado, por lo que se declara la incompatibilidad del inciso i) del artículo 60 en revisión, debiendo el estatuyente suprimir dicho inciso del proyecto de Carta Orgánica.

Se señala como causal de pérdida de titularidad para los concejales el tener pliego de cargo ejecutoriado o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, y de la revisión al art.  28 de la CPE, donde señala que los derechos políticos se suspenden previa sentencia ejecutoriada en materia penal y señala tres causales donde no se encuentra el pliego de cargo o la sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, y por abstracción se colige lo establecido en el art. 157 de la Norma Suprema, donde tampoco figura como perdida de mandato el pliego de cargo o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, consecuentemente este extremo contraviene con la Constitución Política del Estado, por lo que se declara la incompatibilidad del inciso i) del artículo 60 en revisión, debiendo el estatuyente suprimir dicho inciso del proyecto de Carta Orgánica.