DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Artículo 88° (Naturaleza de la Consulta)

El Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Tipuani, según el caso, podrá consultar al pueblo para “decisiones de trascendencia municipal” o “asuntos de competencias del de entidad territorial”. Con todo, es evidente que las “consultas populares” participan de la naturaleza de los plebiscitos o de los referendos según la materia de que traten.