DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 102.- (Fiscalización y Supervisión de Proyectos)

Artículo 102.- (Fiscalización y Supervisión de Proyectos).- El Órgano Deliberativo tiene facultad de fiscalizar y supervisar la ejecución de proyectos del Gobierno Autónomo Municipal, ejecutados por el Órgano Ejecutivo, cuya máxima autoridad es la o el Alcalde Municipal y principal responsable del proyecto, ello en aplicación de lo dispuesto por la Constitución política de Estado y la presente Carta Orgánica Municipal”.