DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 141.- (Sistema de Abastecimiento, Comercialización e Intercambio).-

Artículo 141.- (Sistema de Abastecimiento, Comercialización e Intercambio).- I. El Gobierno Autónomo Municipal, mediante un sistema de promoción y control del abastecimiento local establecido mediante Ley Municipal, promoverá y garantizará el abastecimiento de productos necesarios para la seguridad alimentaria y la actividad económica, a todas las comunidades y poblados del municipio, mediante la construcción y mantenimiento de mercados, implementación de espacios zonales de ferias móviles o periódicas, promoviendo la generación privada de tiendas, almacenes y otros centros de abasto y mediante la coordinación con los centros productores y transportistas para la distribución a precios accesibles de los productos.