DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Fragmento 147

En conclusión, la enajenación de bienes de dominio público y de patrimonio institucional y la aprobación del procedimiento para otorgación de honores, distinciones, condecoraciones y premios por servicios a la comunidad debe ser regulada mediante ley municipal resultando el instrumento idóneo por su carácter general, no mediante una resolución que es de carácter interno; por lo que corresponde determinar que los preceptos señalados, son contrario a la Norma Suprema, como se tiene explicado en los fundamentos que anteceden, por ello concierne determinar la incompatibilidad del art. 28.21 y 31 del proyecto de Carta Orgánica en la palabra “Resolución”.