DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

“Artículo 146 (Exploración de Áridos y Agregados).-

“Artículo 146 (Exploración de Áridos y Agregados).- En el marco del cumplimiento de las normas de manejo integral de cuencas o ríos, el Gobierno Autónomo Municipal podrá realizar la explotación de los áridos y agregados de la jurisdicción territorial del municipio, generando la extracción de manera directa o a través de emprendimientos privados por parte de ciudadanos del municipio, en coordinación con las organizaciones sociales correspondientes, de acuerdo a norma municipal”.