DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

numerales 3 y 4

En el caso de los numerales 3 y 4, se debe aclarar que la norma básica no es el instrumento idóneo para tipificar delitos por mandato del art. 298 el de la CPE establece: “I Son competencias privativas del nivel central del Estado: 21. Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minera y electoral”, resultando evidente que dictar una resolución contraria a la normativa departamental o nacional, es equivalente a dictar resoluciones contrarias a las leyes; o disponer bienes públicos para el particular, tipos penales que deben ser codificados por la Asamblea Legislativa Plurinacional y sancionados con norma de la misma instancia, y finalmente, deberán ser analizadas y determinadas las responsabilidades por autoridad competente de nivel central del Estado, no por la autoridad municipal, en consecuencia el numeral 3 es incompatible.