DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

inc. f)

El inc. f) del art. 34, es incompatible bajo los argumentos expresados en el análisis del art. 30.2 del proyecto de Norma Básica Institucional. En el modelo de Estado Unitario y con autonomías, los órganos legislativos municipales sancionan leyes para su promulgación por el alcalde o alcaldesa para su vigencia y aplicación en toda la jurisdicción; más no se pueden promulgar instrumentos normativos de gestión interna de cualquiera de los órganos, para el caso presente, las resoluciones u ordenanzas, como ya declaró la DCP 0053/2014. En consecuencia, la frase: “…Ordenanzas y Resoluciones Municipales…”, es incompatible.