DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 113.- (Salud).-

Artículo 113.- (Salud).- I. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarata tiene la obligación de garantizar el acceso físico, territorial, económico , cultural y sostener el derecho a la salud como un derecho humano fundamental y promover el derecho a la vida y acceso a la salud de toda la población (niños, niñas y adolescentes, adultos y adultas mayores personas con discapacidad y otros) sin discriminación alguna dando cumplimiento a las políticas públicas nacionales de acceso gratuito al sistema de salud, brindando servicios ininterrumpidos con respeto, calidad y calidez

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarata y Organizaciones sociales reconocen y garantizan la implementación y aplicación de la política nacional vigente de Salud Familiar comunitaria Intercultural, aplicando y practicando sus principios; Participación social, integralidad, intersectorialidad e interculturalidad rescatando los saberes de la medicina tradicional

V. el Gobierno Autónomo Municipal de forma participativa elabora, implementa, consolida, programas y políticas municipales de promoción de la salud, prevención de enfermedades prevalentes en unidades educativas, organizaciones sociales (OTBs, sindicatos, organizaciones de mujeres, organización de médicos tradicionales, y otras organizaciones que existieran) instituciones públicas y privadas, cuya aplicación será garantizado en todos los requerimientos para estas actividades por el Gobierno Autónomo Municipal de Tarata.