DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 127.- (Uso de Suelo).-

Artículo 127.- (Uso de Suelo).- El Gobierno Autónomo Municipal, de manera obligatoria, planificará y regularizará ante las instancias correspondientes de los otros niveles de Gobierno, al menos cada cinco años, el uso de suelo en su territorio, considerando las proyecciones de crecimiento urbano y desarrollo territorial a corto, mediano y largo plazo. El uso de suelo se hará respetando los derechos de la Madre Tierra en cuanto a áreas verdes, de equipamiento, áreas protegidas, forestales y ecosistemas, de los derechos económicos en cuanto a áreas de producción agropecuaria e industrial y de los derechos sociales en cuanto a la vivienda.