DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 114.- (Educación).-

Artículo 114.- (Educación).- I. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarata tiene la obligación de garantizar el acceso físico, territorial, económico, cultural y sostener el derecho a la educación básica (inicial, primaria y secundaria) de todo niño, niña, adolescente, como un derecho humano fundamental, sin discriminación alguna dando cumplimiento a las políticas públicas nacionales de educación asegurando la permanencia de todas las ciudadanas y los ciudadanos en condiciones de plena igualdad

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarata tiene la obligación de coordinar con instancias del gobierno Departamental y central para promover el acceso gratuito prioritariamente de la infancia, niñez y adolescencia a una educación de calidad, inclusiva y sin violencia, que respete la igualdad y equidad de género, con formación en derechos humanos, intercultural y plurilingüe, asegurando la educación formal hasta el nivel secundario como manda la Constitución Política del Estado.

IV. El Gobierno Autónomo Municipal de Tarata apoyará con prioridad a los estudiantes con menos posibilidades económicas para que accedan a los diferentes niveles del sistema educativo, mediante recursos económicos, programas de alimentación, vestimenta, transporte, material escolar; y en áreas dispersas, con residencias estudiantiles, de acuerdo con la ley.

V. El Gobierno Autónomo Municipal estimulará con becas a estudiantes de excelente aprovechamiento en todos los niveles del sistema educativo. Toda niña, niño y adolescente con talento natural destacado tiene derecho a ser atendido educativamente con métodos de formación y aprendizaje que le permitan el mayor desarrollo de sus aptitudes y destrezas.

IX. En las Unidades Educativas del Municipio se reconocerá y garantizará la libertad de conciencia y de fe de la enseñanza de religión, así como la espiritualidad de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y se fomentará el respeto y la convivencia mutua entre las personas con diversas opciones religiosas, sin imposición dogmática ni discriminación.