DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 152.- (Control de la Contaminación Visual).-

Artículo 152.- (Control de la Contaminación Visual).- I. Para evitar la contaminación visual en las paredes, calles, avenidas, plazas, parques y otros espacios de visibilidad pública del municipio, el Gobierno Autónomo Municipal de Tarata tomará las previsiones normativas y ejecutivas necesarias para controlar el colocado indiscriminado y saturado de elementos visuales publicitarios, propagandísticos o de otra índole.

II. Estará prohibida la publicidad que daña la moral pública y el uso inmoral de la imagen femenina y masculina, en medios y mini medios de comunicación visual masiva, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal gestionar la prohibición en los medios masivos de comunicación audiovisual, así como la reducción de la publicidad que promueve el consumo de alcohol.

II. Estará prohibida la publicidad que daña la moral pública y el uso inmoral de la imagen femenina y masculina, en medios y mini medios de comunicación visual masiva, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal gestionar la prohibición en los medios masivos de comunicación audiovisual, así como la reducción de la publicidad que promueve el consumo de alcohol”.