DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

del municipio de Tarata

En cuanto a la asunción de la cualidad gubernativa por parte del municipio de Tarata, corresponde señalar que los gobierno autónomos municipales, adquieren la condición de autónomos al momento de su creación, por lo tanto no se requiere requisito o procedimiento previo alguno para constituirse en autónomo, en ese sentido, no le compete determinar la asunción o no de dicha cualidad, menos cuando el proyecto de Carta Orgánica, señala equivocadamente que esta condición, es del municipio o unidad territorial, afirmación desvirtuada previamente; lo que le esta permitido es modificar o proceder a la conversión a la condición de autonomía indígena originario campesino, la misma que no será por una decisión de la entidad territorial, sino por decisión de su población, la que será atreves del ejercicio de la democracia Directa y participativa por medio del referendo, como señala el art. 294.II de la Norma Suprema, en concordancia con los arts. 33 y 44 de la LMAD.