DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 41.- (Atribuciones del Órgano Ejecutivo).-

Artículo 41.- (Atribuciones del Órgano Ejecutivo).- El Alcalde o Alcaldesa de Tarata, en el marco del ejercicio de la facultad ejecutiva y reglamentaria del Gobierno Autónomo Municipal, las competencias municipales y de la separación, coordinación y cooperación de los dos Órganos de Gobierno, tendrá las siguientes atribuciones generales:

14. Presentar al Concejo Municipal, para su consideración y aprobación mediante Ley Municipal, el programa de Operaciones Anuales, el presupuesto Municipal consolidado y sus reformulados, hasta quince (15) días hábiles antes de la fecha de presentación establecida por el órgano rector del nivel central del Estado.

23. Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por si mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal.