DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 90.- (Crédito Público).-

Artículo 90.- (Crédito Público).- En base a las normas establecidas por el Gobierno Central, el Gobierno Autónomo Municipal podrá acceder a crédito público nacional e internacional, para la inversión en la gestión del desarrollo municipal, previa determinación de necesidad de financiamiento, justificación social, capacidad de endeudamiento y previa aprobación del Concejo Municipal.