DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

“Articulo 42 (Obligaciones del Alcalde).-

“Articulo 42 (Obligaciones del Alcalde).- En cumplimiento al mandato constitucional y al encomendado por la ciudadanía o comunidad del municipio mediante el voto y la Ley, el alcalde o alcaldesa, en el marco del ejercicio de las competencias municipales, tendrá las siguientes obligaciones generales: