DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Artículo 104.- (Alcances de la Evaluación).-

II. Los Órganos Legislativo y Ejecutivo a final de gestión, en el plazo de dos meses, tienen la obligación de brindar información de los resultados de la gestión pública municipal física, financiera, recursos humanos, medio ambiental e impacto social y todos los ámbitos de su competencia a la población en general representada por la Asamblea del Concejo de Desarrollo Municipal, tanto de forma oral como escrita, cuyos informes y resultados serán cotejados con los previstos en la planificación del Plan Operativo Anual, el Plan de Desarrollo Municipal y el Presupuesto.