Sentencia Rol 8123 - 20
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8123 - 20

Fecha: 17-Nov-2020

0000909 NOVECIENTOS NUEVE 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 8123-20 INHP [17 de noviembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO FORMULADO POR DIEZ HONORABLES DIPUTADOS EN EJERCICIO PARA QUE SE DECLARE LA CESACIÓN EN EL CARGO DEL HONORABLE DIPUTADO SEÑOR HUGO GUTIÉRREZ GÁLVEZ VISTOS: A fojas 1, con fecha 6 de enero de 2020, la Honorable Diputada señora María José Hoffman Opazo, y los Honorables Diputados señores Jorge Alessandri Vergara, Álvaro Carter Fernández, Juan Antonio Coloma Álamos, Luciano Cruz-Coke Carvallo, Javier Macaya Danús, Celso Morales Muñoz, Luis Pardo Sáinz, Diego Schalper Sepúlveda, y Sebastián Torrealba Alvarado, han deducido ante el Tribunal Constitucional un requerimiento para que se declare la cesación en el cargo del Honorable Diputado señor Hugo Gutiérrez Gálvez

0000909 NOVECIENTOS NUEVE 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 8123-20 INHP [17 de noviembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO FORMULADO POR DIEZ HONORABLES DIPUTADOS EN EJERCICIO PARA QUE SE DECLARE LA CESACIÓN EN EL CARGO DEL HONORABLE DIPUTADO SEÑOR HUGO GUTIÉRREZ GÁLVEZ VISTOS: A fojas 1, con fecha 6 de enero de 2020, la Honorable Diputada señora María José Hoffman Opazo, y los Honorables Diputados señores Jorge Alessandri Vergara, Álvaro Carter Fernández, Juan Antonio Coloma Álamos, Luciano Cruz-Coke Carvallo, Javier Macaya Danús, Celso Morales Muñoz, Luis Pardo Sáinz, Diego Schalper Sepúlveda, y Sebastián Torrealba Alvarado, han deducido ante el Tribunal Constitucional un requerimiento para que se declare la cesación en el cargo del Honorable Diputado señor Hugo Gutiérrez Gálvez. Indican los actores que el H. Diputado señor Gutiérrez incurrió en la causal prevista en el artículo 60, inciso quinto, de la Constitución Política, que prescribe lo siguiente: “Artículo 60.- (…) Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso séptimo del número 15º del artículo 19, cesará, asimismo, en sus funciones el diputado o senador que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación. (…)”. 1