Sentencia Rol 8123 - 20
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8123 - 20

Fecha: 17-Nov-2020

0001013 UN MIL TRECE voluntad del órgano que expresa la soberanía popular

0001013 UN MIL TRECE voluntad del órgano que expresa la soberanía popular. Es cierto que dicho principio justifica la existencia de controles acerca de la manera en que se ha formado dicha voluntad. Pero también es verdad que dicho principio obliga a establecer las fronteras que corresponden al enjuiciamiento constitucional.” (Op. cit. Paloma Biglino Campos, p. 188); 43.- Que, de modo resumido, en relación al bien jurídico protegido no se vislumbra como la entidad de los hechos atribuidos en la imputación al H. Diputado, otorgan la suficiente aptitud o capacidad para que las acciones por él efectuadas pudieren tener el efecto de vulnerar el orden público en los términos requeridos en el inciso quinto, del artículo 60, de la Constitución Política; XIII.- ELEMENTOS DE PARTICIPACIÓN (USO Y ABUSO DE REDES SOCIALES) 44.- Que el uso de redes sociales atribuida al parlamentario cuestionado en una serie de documentos acompañados en autos, pudiera implicar algún grado de riesgo, tanto en el uso y abuso de las redes sociales por parte de algunos operadores de estas, sin embargo, en el sistema democrático la posibilidad de influir en una audiencia a quienes participan de ella se encuentra afecta por elementos mediatizadores que requieren un grado de liderazgo suficiente y de tal entidad que permita que su intervención tenga algún efecto de forma controlada en la voluntad de los destinatarios; 45.- Que de este modo el cuestionamiento o imputación que se realiza al H. Diputado Gutiérrez tiende más bien a algunas transgresiones que pudiera haber efectuado mediante acciones que pudieren afectar el orden público, concepto que como ya hemos decantado resulta a lo menos con un sello de indeterminación tanto en la doctrina como en la legislación nacional; 46.- Que no existiendo prueba suficiente y pertinente a fin que las acciones del Diputado cuestionado hubieren tenido la suficiente entidad para producir consecuencias en las redes sociales ni que este ejerciera un grado de liderazgo efectivo en los destinatarios de los Twitter o retwitt que envió, no se encuentran acreditados los efectos pretendidos en la imputación de cargo que se le formula por esta vía; XIV.- PROTESTA SOCIAL Y RESPONSABILIDAD PARLAMENTARIA 47.- Que si bien el dilema que se produce entre la censura y la ofensa deviene en que los medios de comunicación en los últimos años han puesto sobre la mesa la responsabilidad en el ejercicio de la opinión y los límites de la libertad de expresión de manera simbólica. En otras palabras, para denostar una supuesta censura resulta evidente que la libertad de expresión está constantemente amenazada; 105