Sentencia Rol 8123 - 20
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8123 - 20

Fecha: 17-Nov-2020

0000961 NOVECIENTOS SESENTA Y UNO mayo de 2020

0000961 NOVECIENTOS SESENTA Y UNO mayo de 2020. La autoridad informó que “la Defensoría de los Derechos de la Niñez tomó conocimiento de la situación indicada por diversas fuentes, como información etiquetada en redes sociales y por requerimientos realizados directamente, por lo que, luego de un análisis ejerció las facultades que por ley le son otorgadas”. Agregó que, ante los hechos explicitados en el tuit del parlamentario requerido, “con fecha 27 de diciembre de 2019, denunció ante el Tribunal de Familia de Iquique, mediante el Oficio Denuncia N° 484/2019, la situación conocida por este Excelentísimo Tribunal, solicitando a dicha jurisdicción “iniciar procedimiento especial de aplicación judicial de medidas de protección de los derechos de los niños y niñas que, participando de la actividad de navidad realizada y difundida por el Honorable Diputado Sr. Hugo Gutiérrez Gálvez, realizaron los dibujos ya referidos y adjuntos a este Oficio, teniendo para ello en consideración lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley N° 19.968”, que señala que este procedimiento podrá iniciarse a requerimiento de cualquier persona que tenga interés en ello y la solicitud no necesitará cumplir formalidad alguna. Se solicitó a dicho poder del Estado, además, oficiar al Honorable Diputado Sr. Hugo Gutiérrez Gálvez, para que aporte la individualización completa de los niños, niñas y/o adolescentes autores de los dibujos en cuestión, de manera que éstos/as puedan ser citados/as y oídos/as por el Tribunal de Familia de Iquique verificando, en virtud de sus privativas competencias, si la ocurrencia de estos dibujos ameritan, o no, la intervención profesional desde algún ámbito proteccional o terapéutico, conforme lo dispone el artículo 71 de la Ley N° 19.968. Importante es complementar esto diciendo que esta misma información fue remitida a la Honorable Cámara de Diputados, mediante Oficio N° 29, de fecha 15 de enero de 2020, respondiendo al Oficio N° 44815, de fecha 30 de diciembre de 2019, de la Honorable Cámara de Diputados, donde también se nos imponía de la situación.”. Añadió que se emitió una declaración pública el día 27 de diciembre de 2019, del siguiente tenor: “La institución declara que los dibujos publicados en Twitter revelan un hecho que “reviste evidente gravedad, pues no resulta tolerable que ningún niño, niña o adolescente esté siendo utilizado para fines políticos, cualquiera sea el partido, conglomerado o posición política de que se trate. Tras conocer a través de la cuenta de Twitter del Diputado Hugo Gutiérrez unos dibujos que habrían sido realizados por niños o niñas de Iquique, en el marco de una celebración de Navidad, la Defensoría de la Niñez presentó una denuncia ante Tribunales de Familia con el fin de que éstos, en virtud de sus facultades, determinen las posibles vulneraciones de derechos de aquellos niños o niñas. “Es grave la situación que describen los dibujos difundidos por el diputado Hugo Gutiérrez. Aquello representa situaciones de violencia que evidentemente deben ser analizadas por la institución correspondiente, en este caso el Tribunal de Familia”, dice Patricia Muñoz, agregando que si han sido obligados a dibujar hay una evidente vulneración de derechos y que, si los dibujaron de manera autónoma, también “hay que analizar lo que pueden estar viviendo en sus contextos familiares o sociales”. 53