Sentencia Rol 8123 - 20
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8123 - 20

Fecha: 17-Nov-2020

0000990 NOVECIENTOS NOVENTA 40°

0000990 NOVECIENTOS NOVENTA 40°. Que, en consecuencia, las acciones en que se fundamenta el requerimiento de los parlamentarios denunciantes, si bien lograron ser justificados por los instrumentos y la declaración de testigos, junto con la participación del diputado acusado en dos de ellos, esto es, la amenaza de denuncia a un Mayor de Carabineros y los tuits provocativos publicados en su cuenta personal, constituyen conductas que son insuficientes para configurar incitación a la alteración del orden público, en el concepto entendido constitucionalmente, explicado en considerandos anteriores, o propiciar el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos a lo que establece la Carta Fundamental. No obstante, aquellos tuits en que se involucran niños o niñas, aplicado el criterio de la lógica, alcanzan a satisfacer la últimas de las conductas descritas en el inciso quinto del artículo 60 constitucional, como se analizará más adelante; V. LOS TUITS REPROCHABLES Y EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, COMO UNO DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA 41°. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 letra g) de la ley N°21.067, con fecha 27 de diciembre de 2019, la Defensora de la Niñez doña Patricia Muñoz García, hace por escrito una denuncia por vulneración de derechos en contra del diputado requerido, y cuyo tenor, en su aspecto medular, es el siguiente: “…hemos tomado conocimiento, a través de la red social Twitter, con fecha 27 de diciembre de 2019, respecto a dos dibujos que habrían realizados por niños, los que fueron difundidos por el Honorable Diputado Sr. Hugo Gutiérrez Gálvez, que explicitan situaciones de manifiesta violencia que hace presumir, fundadamente, que aquellos niños pequeños que los han dibujado, han estado expuestos a la indicación de parte de adultos sobre qué dibujar o, de haber sido expresiones autónomas de éstos, darían cuenta de situaciones que implican encontrarse viviendo entornos sociales y/o familiares que podrían estar exponiéndoles a situaciones de violencia grave, considerando que uno de los dibujos explicita al Honorable Diputado Sr .Hugo Gutiérrez Gálvez, disparando al S.E. Presidente de la República, Sr. Sebastián Piñera Echeñique y el otro contiene dibujos junto a expresiones como “el que no salta es paco” y “que muera piñera y no mi amiga” (Causa Proteccional P-1524-2019, caratulada “Muñoz con Gutiérrez”, Juzgado de Familia de Iquique). Concluye la denuncia de la Defensora de la Niñez, con la petición de que dicho tribunal adopte las medidas pertinentes de protección de los niños, considerando la situación específica vivenciada por aquellos niños o niñas que realizaron dichas expresiones gráficas, “solicito que Ssa. requiera, de manera directa al Honorable Diputado Sr. Hugo Gutiérrez Gálvez, la individualización completa de los niños, niñas y/o adolescentes autores de los dibujos en cuestión, de manera que éstos/as puedan ser citados/as y oídos/as por vuestro Tribunal, verificando si sus acciones ameritan la intervención profesional desde algún ámbito proteccional o terapéutico”; 82