Sentencia Rol 8123 - 20
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8123 - 20

Fecha: 17-Nov-2020

0000956 NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS A fojas 487 se detallan los hechos posteriores y el despliegue de los efectivos de Carabineros de Chile para mantener el orden público

0000956 NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS A fojas 487 se detallan los hechos posteriores y el despliegue de los efectivos de Carabineros de Chile para mantener el orden público. A fojas 488 se detallan las detenciones efectuadas por los delitos de desordenes públicos, daños simples y lesiones leves, de lo que se dio cuenta a la Fiscalía Local de Iquique. Se desconoce qué sucedió con las investigaciones y resultado de las mismas que, a dicho efecto, debió iniciar el Ministerio Público por los delitos denunciados. OCTOGÉSIMO OCTAVO: A fojas 626, con fecha 28 de julio de 2020, la parte requirente acompañó prueba audiovisual respecto del hecho en examen. En diversos videos se aprecian hechos de violencia ocurridos en la ciudad de Iquique, en que se habría atacado un Cuartel de Ejército en horas de la noche. No se entregan registros, en los videos, del día en que éstos habrían ocurrido, pero se aprecia la fachada exterior de la VI División de Ejército, cuestión que se corresponde con lo informado a fojas 334. Sólo en uno de los videos, grabado a través de un teléfono celular, se aprecia la presencia del H. Diputado señor Gutiérrez junto a un grupo de personas frente al exterior del Cuartel ya aludido. Se tiene un registro de 7 segundos de ello en el video, pero éste, tampoco, tiene identificación de fecha u hora de ocurrencia de los hechos grabados. OCTOGÉSIMO NOVENO: Si bien lo anterior permite acreditar que el parlamentario requerido se encontraba presente en una oportunidad en que se habrían producido graves desórdenes públicos en las dependencias de un Cuartel del Ejército de Chile, el punto de prueba fue claro en la necesidad de probar la participación del H. Diputado señor Gutiérrez en dichos hechos. Participar no sólo implica estar presente en los mismos. En el contexto de la causal invocada, implica que dicha presencia, a través de una acción incitadora de palabra o por escrito, generó en otras personas la alteración efectiva del orden público. De las pruebas aportadas no se tiene lo anterior. Es más, a la fecha en que ocurrieron los hechos que se informan por los oficios reservados de la Comandancia en Jefe del Ejército y Carabineros de Chile ya se encontraba vigente el D.S. N° 472, de 18 de octubre de 2019, que decretó Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en diversas zonas de la Región Metropolitana de Santiago lo cual permite, no obstante su lejanía con la ciudad de Iquique, contextualizar las alteraciones al orden público ocurridas en octubre de 2019, conforme se tiene de las consideraciones de dicho acto administrativo dictado por el S.E. el Presidente de la República. No fue acreditado, dado lo expuesto, el segundo punto del término probatorio. 3. Tercer hecho: Efectividad de que el H. Diputado señor Hugo Gutiérrez hubiere suscrito una declaración pública emitida por el Partido Comunista de Chile, apoyando la paralización del servicio Metro de Santiago 48