DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 133. (Procedimiento de reforma total o parcial de la Carta Orgánica)

La reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica, será a propuestas de iniciativa ciudadana, organizaciones sociales, concejo municipal y ejecutivo municipal, dicha propuesta de reforma debe ser  aprobada por dos tercios del total de los miembros de su Órgano Deliberativo, se sujetará al control constitucional a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional y será sometido a referendo para su aprobación.

La reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica, será a propuestas de iniciativa ciudadana, organizaciones sociales, concejo municipal y ejecutivo municipal, dicha propuesta de reforma debe ser aprobada por dos tercios del total de los miembros de su Órgano Deliberativo, se sujetará al control constitucional a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional y será sometido a referendo para su aprobación”.