DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Respecto al artículo 36.10

A su vez, el propósito de un “programa” es concretar objetivos establecidos en el plan en un tiempo y espacio determinados; ordena los recursos disponibles en torno a las acciones y objetivos que mejor contribuyan a las estrategias. Puede decirse que se trata de nivel táctico entre el plan y el proyecto.

Con este propósito, los diferentes niveles de gobierno tienen a su cargo la elaboración y formulación de planes y programas de mediano y largo plazo, como instrumentos de política de gestión pública, para organizar el uso adecuado de los recursos públicos y orientarlos hacia el logro del desarrollo sostenible.